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Proyecto de ley obligará a notificar las criptomonedas almacenadas en exchanges fuera de España.
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Se espera la discusión y aprobación del proyecto en el Parlamento español.
Unos 10.000 euros, como mínimo, tendrían que pagar los poseedores de bitcoin y otras criptomonedas en caso de no reportar a la administración tributaria española sus tenencias en el extranjero. Esta es una de las disposiciones que establece el proyecto de «Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal», aprobado por el Gobierno de España.
En torno a las implicaciones de esta futura legislación para los miembros del ecosistema de criptomonedas en el país ibérico, los abogados Javier Maestre y David Maeztu, junto al economista tributario José Antonio Bravo, aclaran algunas ideas y comparten el documento en Twitter. Esto, mientras el proyecto de ley va en trayecto a un proceso de discusión en el Parlamento, tal como reportó CriptoNoticias el 13 de octubre.
Javier Maestre inicia el debate con varios tuits en los cuales habla sobre las exigencias que deberán cumplir quienes poseen criptomonedas fuera de España. Menciona en particular el tema de las sanciones que se impondrían a los particulares que no reporten sus tenencias en bitcoin.
Sobre este tema en específico el documento en debate indica lo siguiente:
En el caso de incumplimiento de la obligación de informar sobre las monedas virtuales situadas en el extranjero la sanción consistirá en multa pecuniaria fija de 5.000 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a cada moneda virtual, individualmente considerada según su clase, que hubiera debido incluirse en la declaración o hubieran sido aportados de forma incompleta, inexacta o falsa, con un mínimo de 10.000 euros.
Proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.
Aunque el documento no deja clara la diferencia entre «dato» o «conjunto de datos», ni tampoco explica cómo servirán de referencia para establecer el monto de las multas, la medida necesariamente obligará a quienes almacenan su dinero fuera de España a declarar sus tenencias ante la administración tributaria.
En ese sentido, el proyecto plantea que los particulares deben «ofrecer información sobre las monedas virtuales situadas en el extranjero de las que se sea titular, o respecto de las cuales se tenga condición de beneficiario o autorizado (…)».
Maestre acota que las personas «solo tendrán que decir si tienen las criptomonedas en el exterior», mientras el experto en leyes sobre tecnología, David Maeztu, aclara dudas sobre el término «situadas en el extranjero» utilizado en el documento. Explica que significa que deberán notificar sobre las criptomonedas que tengan en exchanges o proveedores de servicios ubicados fuera de España, «pero si están en cold wallets (carteras frías) o similares, no hay nada que declarar».
La misma obligación de «entregar información a la administración tributaria» aplica para quienes resguardan sus activos virtuales en territorio español, incluyendo a las empresas proveedoras de intercambio y custodia de criptomonedas. Tal hecho hará que los exchanges deban suministrar datos sobre los saldos que mantienen los titulares a quienes prestan servicio.
A ello se suma el suministro de información acerca de las operaciones: adquisición, transmisión, permuta, transferencias, cobros y pagos con bitcoin. Esto implica indicar la clase y número de criptomonedas incluidas en las transacciones, precio y fecha de las operaciones, y datos personales de los operadores (nombre, domicilio y número de identificación fiscal).
Las medidas se extienden a las empresas que realicen ofertas iniciales de monedas (ICO). En consecuencia, estos proyectos destinados al lanzamiento de tokens deberán notificar al Estado sobre el proceso de venta de los nuevos activos a cambio de otras criptomonedas o monedas fíat.
Plan de impuestos a las criptomonedas en España data de 2018
De acuerdo a la exposición de motivos inserta en el proyecto de ley, la intención del gobierno español es reforzar el control tributario sobre «hechos imponibles relativos con monedas virtuales». Se trata de un objetivo que se viene planteando por lo menos desde hace dos años, cuando se aprobó un anteproyecto de ley para la declaración fiscal de las operaciones con criptomonedas.
Al respecto, José Antonio Bravo publica algunos tuits en los cuales compara el actual proyecto de ley con el anteproyecto aprobado en octubre de 2018. Aunque expresa que hará una revisión más detallada, asegura no notar muchas diferencias entre los dos documentos:
Acabo de contrastar ambos textos (buscando el término «monedas virtuales» tanto en el proyecto como en el anteproyecto), y el texto del proyecto en lo que respecta a criptomonedas es idéntico al del anteproyecto.
Bravo afirma que en ambos se mantiene la idea de obligar a las casas de cambio y custodios de criptomonedas a comunicar los saldos en cada moneda virtual, así como identificar tanto a quienes realizan las operaciones como a quienes adquieren nuevas criptomonedas.
No obstante, el anteproyecto establece que la notificación se haría si los movimientos superan los 3.000 euros, algo que no está definido en el actual proyecto, según Bravo. La misma duda se expresa respecto a la obligación de declarar solo si el saldo en criptomonedas supera los 50.000 euros a final de año (indicado en el anteproyecto).
En cualquier caso, habrá que esperar las decisiones que se tomen luego del debate en el Congreso, instancia que se encargará de aprobar el proyecto. Mientras tanto, los ciudadanos españoles mantienen la obligación, desde junio de 2018, de declarar en el Impuesto Sobre la Renta las ganancias adquiridas en plataformas de intercambio de criptomonedas, cumpliendo disposiciones de la Dirección General de Tributos de España.