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Es importante aportar toda la información requerida por Hacienda.
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Puede haber sanciones graves por no proveer los datos solicitados.
Los inversionistas de bitcoin (BTC) y criptomonedas siempre están bajo el ojo visor de la Hacienda de España, sobre todo aquellos que no cumplen la obligación de declarar sus tenencias. El gobierno emplea todo un proceso para investigar a estos usuarios, rozando, en algunos casos, los límites de la privacidad.
Hay que recordar que cerca de 1 millón de contribuyentes en España son usuarios de bitcoin y otros criptoactivos, según lo constató la propia Agencia Tributaria en abril pasado. En ese momento, la oficina envió avisos preventivos a 948.000 inversionistas de estos activos digitales.
En ese mar de usuarios, la oficina tributaria española tiene capacidad para navegar y hallar infractores que, como consecuencia, pueden ser sancionados duramente. Todo, por no indicar al Estado español cuántos BTC y criptomonedas poseen.
José Antonio Bravo, economista tributario español y director de la firma jurídica Fiscal Crypto, explicó a CriptoNoticias de qué manera los inspectores de la Agencia Tributaria de España fiscalizan e investigan a un determinado inversionista de criptomonedas.
En general, las investigaciones del órgano tributario español sobre los usuarios de bitcoin se dan producto de una discrepancia entre los datos aportados por el contribuyente y los que tiene la Agencia Tributaria a disposición. Es decir, cuando no coincide la información declarada con la que ya se tiene en la base de datos del gobierno.
La información que tiene el gobierno español sobre los inversionistas de bitcoin y criptomonedas es comúnmente obtenida a través de los modelos 172 y 173, que inciden directamente sobre los exchanges de criptoactivos y otras plataformas, destaca el economista.
También proceden de requerimientos realizados a bancos y otras entidades financieras, donde se solicita acceso a la información sobre transferencias de entrada y de salida de fondos desde exchanges y otros proveedores de servicios de criptomonedas, explica Bravo.
Es cuando la Agencia Tributaria detecta que un contribuyente realizó una operación que le produjo un rendimiento y no la declaró, que se inician procedimientos “para que aflore ese rendimiento o ganancia patrimonial”, señala Bravo, quien recuerda que estos operativos los adelantan los órganos de gestión e inspección del brazo tributario de Hacienda.
El especialista indicó que las inspecciones de la Agencia Tributaria de España sobre los inversionistas de bitcoin y criptomonedas, inician con la emisión de un requerimiento de aportación de información hacia un contribuyente previamente identificado. Esta solicitud la debe responder el usuario de criptomonedas en máximo 10 días hábiles.
Luego se van emitiendo más requerimientos para el contribuyente en cuestión. Y esto se extiende hasta que la Agencia Tributaria pueda llegar a conclusiones “acerca de la veracidad de lo declarado o de la necesidad de realizar un nuevo cálculo del impuesto a pagar con sus correspondientes sanciones e intereses de demora”, explica el economista.
Entregar toda la documentación posible
De acuerdo con Bravo, es importante que los inversionistas de criptomonedas en España aporten “toda la información posible” a la autoridad tributaria. Advierte que la falta de esa documentación, así como la falta de respuesta a los requerimientos emitidos, puede tener graves consecuencias monetarias.
En general, esta conducta puede suponer que la Agencia Tributaria realizará una valoración estimada de impuestos a pagar que, asegura Bravo, “será bastante más gravosa que la que se obtenga a partir de los datos”.
“De ahí la importancia de tener toda la información necesaria en nuestro poder, para evitar sanciones mayores”, señala el también bitcoiner español.
Para Bravo, la mejor manera de evitar sanciones por una investigación de la Hacienda de España, “es colaborando plenamente con la inspección y aportando el mayor número de pruebas posible”.
Como lo ve, la Agencia Tributaria tiene en sus manos la facultad de cargar un impuesto por indicios a los inversionistas de criptomonedas. Esto quiere decir que si no se soporta el origen de los fondos ante el gobierno español, la administración determinará que ese dinero es ganancia patrimonial no justificada.
“Con lo cual se imputa por su valor de mercado en la base general (con tipo marginal máximo del 48%), en vez de a la base del ahorro (tipo marginal máximo del 28%), y además derivando sanciones de hasta el 150% de la cuota estimada a pagar por no tener documentación que respalde los movimientos”.
José Antonio Bravo.